Tipos de comprobantes fiscales vigentes en la Republica Dominicana

¿Qué es un Comprobante Fiscal?
El comprobante fiscal es un documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios; y siempre debe cumplir con los requisitos establecidos por la normativa de Impuestos Internos vigente que lo regula.


Cada comprobante fiscal se identifica a través de un Número de Comprobante Fiscal (NCF), que es la secuencia alfanumérica (una letra y números) que identifica un comprobante fiscal autorizado por Impuestos Internos.

Estructura del Número de Comprobante Fiscal (NCF)

El NCF está compuesto por 11 caracteres, 1 letra y 10 números que permiten identificar la serie, el tipo de comprobante y la secuencia numérica:


Serie: Es la letra que inicia la secuencia en este caso la letra B.

Tipo de Comprobante Fiscal: Las dos posiciones, inmediatamente después de la serie, indican el tipo de comprobante fiscal emitido. En el ejemplo anterior, el número 01 indica que el tipo de comprobante corresponde a una factura de crédito fiscal.


Secuencial: Está formado por los ocho números consecutivos, a partir de la posición 3, que inician de derecha a izquierda en 1 y termina según la cantidad de NCF autorizados por Impuestos Internos. En el ejemplo anterior, el secuencial es 522.

Comprobante Fiscal Electrónico
Se refiere a aquel documento electrónico, firmado digitalmente, que acredita la
transferencia de bienes, entrega en uso o la prestación de servicios, debiendo cumplir siempre con los requisitos establecidos en el Decreto Núm. 254-06.


Estructura de Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF)



Serie: Es la letra que inicia la secuencia en este caso, la letra E.


Tipo de Comprobante Fiscal: Las dos posiciones, inmediatamente después
de la serie, indican el tipo de comprobante fiscal emitido. En el ejemplo anterior, el número 31 indica que el tipo de comprobante corresponde a una
Factura de Crédito Fiscal Electrónica.


Secuencial: Está formado por los nueves números consecutivos, a partir de la
posición 3, que inician de derecha a izquierda en 1 y terminan según la cantidad de NCF autorizados por Impuestos Internos.

Fuente: Tomada de la Dirección General de Impuestos Internos

Nota: Siempre consulte con una profesional del área

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *